¿Quién es responsable de un resbalón y caída en una zona común compartida?

Para que prevalezca una demanda por resbalón y caída, es esencial demostrar la negligencia del propietario o administrador del inmueble. Sin embargo, la responsabilidad puede ser más compleja cuando el incidente se produce en una zona compartida o común, comoun aparcamiento, una escalera o un vestíbulo. Puede implicar a varias partes, incluidos los propietarios y las empresas de gestión. Según la ley de responsabilidad civil de los locales de California ( Cal. Civ. Código Civil de California § 1714 ), los propietarios y ocupantes tienen la obligación legal de mantener sus locales en condiciones razonablemente seguras. No hacerlo puede constituir un incumplimiento del deber, que constituye la base de la responsabilidad.

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Partes potencialmente responsables

Un mazo encima de un libro jurídico abierto con la balanza de la justicia al fondo

Como se ha señalado, en un caso de resbalón y caída en California en una zona común, la responsabilidad puede recaer en una o varias partes, dependiendo de las circunstancias específicas y del control sobre las instalaciones.

Las partes potencialmente responsables son:

  • Propietarios: En virtud de la ley de responsabilidad de los locales de California, los propietarios tienen la obligación de mantener sus locales, incluidas las zonas comunes, en condiciones razonablemente seguras y de hacer frente a los peligros conocidos o previsibles en el momento oportuno.
  • Administradores de fincas: Si se contrata a una empresa de gestión de la propiedad para supervisar el mantenimiento y la seguridad, puede compartir la responsabilidad por no inspeccionar, reparar o advertir de condiciones peligrosas en las zonas comunes.
  • Inquilinos comerciales: Las empresas que alquilan espacio dentro de una propiedad pueden ser responsables si sus acciones crean un peligro en un espacio compartido.

Factores que determinan la responsabilidad

Una señal amarilla de precaución en la entrada de un edificio con agua en el suelo

En los casos de resbalones y caídas en California -especialmente los ocurridos en aparcamientos, escaleras, vestíbulos o pasillos-, la responsabilidad se determina por varios factores legales interrelacionados según la ley de responsabilidad de los locales (Código Civil § 1714).

Estas son las consideraciones clave:

  • Deber de diligencia. El propietario, el gerente o el inquilino deben tener un deber legal de diligencia con la parte perjudicada. En la mayoría de los casos, este deber existe para todos los visitantes legales (por ejemplo, clientes, inquilinos, personal de reparto), y exige que los locales se mantengan en condiciones razonablemente seguras.
  • Conocimiento del peligro. Para que se le considere responsable, la parte responsable debe tener conocimiento real de la situación peligrosa (por ejemplo, un empleado que presenció el vertido) o conocimiento constructivo, lo que significa que el peligro existía desde hacía tanto tiempo que la parte debería haberlo descubierto mediante una inspección razonable.
  • Incumplimiento de la obligación de remediar o advertir. Una vez que tenga conocimiento -o que razonablemente se espere que tenga conocimiento- de un peligro, el propietario o administrador debe tomar medidas rápidas y adecuadas.
  • Causalidad. Debe existir una relación causal directa entre la condición peligrosa y la lesión del demandante. El demandante debe demostrar que la condición peligrosa causó la caída y el daño resultante.
  • Daños y perjuicios. La parte perjudicada debe haber sufrido daños reales -como lesiones físicas, gastos médicos, pérdida de ingresos o dolor y sufrimiento- como consecuencia de la caída.

Por último, California sigue una norma de negligencia comparativa pura, lo que significa que aunque la parte lesionada sea parcialmente culpable (por ejemplo, por distraerse o llevar un calzado inadecuado), puede obtener una indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, su indemnización se reducirá en función de su porcentaje de culpa.

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Horizonte del centro de Los Ángeles al atardecer

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